LPH ART. 9.1.F
El fondo de reserva del 10 por ciento
La reforma de 2019 elevó el mínimo legal del 5 % al 10 % del último presupuesto ordinario.
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Puntos clave
- El Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, elevó el porcentaje del 5 % al 10 %.
- El 10 % es un mínimo, no un máximo.
- La comunidad puede acordar una dotación superior.
Cálculo legal
Fondo mínimo = último presupuesto ordinario × 10 %
Preguntas frecuentes
¿El porcentaje actual es el 10 %?
Sí. El mínimo legal vigente es el 10 % del último presupuesto ordinario.
¿Antes era el 5 %?
Sí, antes del Real Decreto-ley 7/2019.
¿Puede el fondo ser mayor?
Sí. El 10 % es un mínimo legal.
¿Qué artículo establece el mínimo?
El artículo 9.1.f de la Ley de Propiedad Horizontal.
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