LEY DE PROPIEDAD HORIZONTAL
Fondo de reserva de una comunidad de propietarios
Base legal, cálculo del mínimo, usos permitidos y aportación individual explicados paso a paso.
Fondo de reserva mínimo legal
2.000,00 €
- Presupuesto ordinario
- 20.000,00 €
- Porcentaje mínimo
- 10 %
- Tu aportación según cuota
- 100,00 €
¿Para qué sirve?
- obras de conservación, reparación y rehabilitación de la finca
- obras de accesibilidad (art. 10.1.b LPH)
- obras de mejora de la eficiencia energética o hídrica (art. 17.2 LPH)
- contrato de seguro que cubra los daños causados en la finca
- contrato de mantenimiento permanente del inmueble y sus instalaciones generales
Notas importantes
- El 10 % es un mínimo legal, no un máximo.
- Base: Ley de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960), art. 9.1.f.
- Las aportaciones se distribuyen por la cuota de participación de cada propietario.
- El fondo se constituye o repone al aprobar el presupuesto ordinario.
- Cataluña tiene reglas propias en el Libro V de su Código civil y puede diferir.
Información general orientativa, no asesoramiento jurídico. Consulte a su administrador de fincas o a un profesional. El importe puede variar según los estatutos y acuerdos de la comunidad.
Base legal y cuantía
Ley de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960), art. 9.1.f.
El fondo de reserva … estará dotado con una cantidad que en ningún caso podrá ser inferior al 10 por ciento de su último presupuesto ordinario.
El 10 % es un mínimo legal; la comunidad puede acordar una cantidad superior.
Fórmula
Fondo mínimo = presupuesto ordinario anual × 10 %
Usos del fondo
- obras de conservación, reparación y rehabilitación de la finca
- obras de accesibilidad (art. 10.1.b LPH)
- obras de mejora de la eficiencia energética o hídrica (art. 17.2 LPH)
- contrato de seguro que cubra los daños causados en la finca
- contrato de mantenimiento permanente del inmueble y sus instalaciones generales
Aportación y reposición
Los propietarios contribuyen por cuota de participación. El fondo se constituye o repone al aprobar el presupuesto ordinario y debe revisarse en cada ejercicio.
Guías relacionadas
Calculadora · Regla del 10 % · Usos · Obligación
Preguntas frecuentes
¿Qué es el fondo de reserva?
Una dotación obligatoria de la comunidad para atender los usos previstos por la LPH.
¿Cuál es su cuantía mínima?
El 10 % del último presupuesto ordinario.
¿Puede acordarse una cantidad superior?
Sí. El 10 % es un mínimo legal.
¿Cómo contribuye cada propietario?
Según su cuota de participación.
¿La normativa catalana puede diferir?
Sí. Cataluña tiene su propio Código civil en esta materia.
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