OBLIGACIÓN DE LA COMUNIDAD
¿Es obligatorio el fondo de reserva?
Las comunidades de propietarios deben mantener el mínimo y distribuir las aportaciones por cuota de participación.
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Puntos clave
- El fondo es obligatorio para las comunidades de propietarios bajo el régimen común.
- Cada propietario contribuye según su cuota de participación.
- Los estatutos y acuerdos pueden añadir matices o fijar una dotación superior.
Cálculo legal
Fondo mínimo = último presupuesto ordinario × 10 %
Preguntas frecuentes
¿Es obligatorio constituir el fondo?
Sí, para comunidades de propietarios bajo la LPH.
¿Quién paga?
Los propietarios según su cuota de participación.
¿Cuándo se dota?
Se constituye o repone al aprobar el presupuesto ordinario; el flujo detallado queda fuera de v1.
¿Los estatutos pueden cambiarlo?
Pueden añadir matices o elevar la dotación, sin rebajar el mínimo legal aplicable.
¿Cataluña tiene las mismas reglas?
Cataluña tiene normativa civil propia y puede diferir.
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